Autor: MAIZAR / Fecha: 13/09/07
La ingeniera Ana María Di Giulio es directora de calidad agroalimentaria del SENASA y fue una de las integrantes del panel “Maíz: Aspectos Vinculados a su Comercialización” en el marco del Seminario Maíz: Lo Importante ¿Cómo prepararse para lo que viene? organizado por MAIZAR el pasado 8 de mayo. Además, viene trabajando junto a MAIZAR y a varias instituciones de investigación como la Universidad de Río Cuarto y otras del sector privado como ACSoja, Ciara, y la Federación de Acopiadores, en el estudio que estamos realizando en relación a las micotoxinas que pueden estar presentes en los granos y que hacen a la calidad y seguridad de nuestra producción. A continuación les ofrecemos los principales conceptos que nos dejó la ingeniera en su interesante presentación.
La Unión Europea, justificando la necesidad de resguardar la salud de sus consumidores, ha establecido su legislación alimentaria para materias primas y alimentos en general. Esto surge a partir de un reglamento comunitario del año 2002 (178), mediante el cual la autoridad sanitaria de la UE establece los controles a realizar para su mercado interno y en los distintos puntos de inspección fronterizos, para el caso de las importaciones.
Paralelamente, la UE fue armonizando sus reglamentos internos, entre todos sus países miembros, respecto a los límites máximos de residuos de pesticidas y micotoxinas para muchos productos, entre ellos los distintos cereales y oleaginosos. En el caso particular del maíz hubo una serie de políticas que condujeron a que, por distintos motivos, se establecieran límites para la presencia de micotoxinas y residuos de pesticidas, en niveles tales que generaron algunas complicaciones para nuestras exportaciones.
Los límites en micotoxinas deben establecerse tomando en cuenta los niveles admisibles de la toxina que garanticen la inocuidad de los alimentos. La UE fue un poco más allá y estableció límites inferiores a los niveles de tolerancia admisibles en la ingesta diaria, estableciendo algunos límites a nivel de detección de laboratorio.
Esta situación generó que varios de los países exportadores, entre ellos Argentina, tuviéramos conflictos con las partidas comerciales exportadas a distintos puntos de inspección fronterizos de la UE que eran controladas aleatoriamente y exigían los nuevos límites de toxina.
Este control aleatorio de las partidas exportadas es realizado en virtud del artículo 50 de este nuevo reglamento. En dicho control los límites utilizados para aceptación de las partidas son éstos, sustancialmente bajos, que respecto a los niveles de fumonisinas, aflatoxinas y otras toxinas irrelevantes para la producción de maíz argentino nos acarrearon ciertas complicaciones.
Estas toxinas, producidas por determinados hongos, tienen distintos niveles de presencia en la producción Nacional. Por suerte, la Argentina integra la lista de proveedores confiables de un producto que no posee contaminaciones elevadas. Pero, a nivel internacional esta situación podría generar algunos conflictos por estos límites tan bajos que está estableciendo la UE, motivo que ha desencadenado negociaciones bilaterales, que aún se encuentran en desarrollo.
Hoy la discusión más fuerte respecto de las contaminaciones con micotoxinas gira alrededor de las fumonisinas. La UE intentaba llevar su límite de tolerancia a 2000ppm, pero más recientemente estarían aceptando un límite de 4000ppm, que hoy no nos estaría trayendo mayores inconvenientes porque son niveles que se podrían garantizar en nuestras partidas comerciales .
La negociación previa había sido en torno a las contaminaciones con aflatoxinas. En este sentido, la UE estaba fijando algunos límites para maíz, considerado para consumo directo, cuando en realidad el maíz tiene algún tipo de proceso de transformación, antes de consumo final. A partir de las negociaciones y documentos técnicos presentados, se pudo elevar el nivel exigido, que inicialmente era de 2ppb para aflatoxina B1 y de 4ppb para aflatoxinas totales, a 5ppb y 10ppb respectivamente, límites que también son posibles de cumplir por el maíz argentino.
Pero, por otra arista, el mayor problema lo tenemos a nivel de residuos de agroquímicos. A través de un programa, todos los países miembros de la UE tuvieron la labor de realizar una serie de análisis a determinadas producciones y ofrecer valores por encima de los cuales consideraban que podrían generarse conflictos en la comercialización. Así se fueron reuniendo un sinnúmero de análisis de las partidas comercializables de los distintos países.
Al mismo tiempo, se les solicitó a todas las empresas productoras de los distintos principios activos que actualizaran sus legajos y que defendiesen los agroquímicos que estaban produciendo y comercializando en la UE.
Así se generaron tres situaciones para analizar: 1- Cuáles principios activos y cuáles combinaciones de producto/principio activo iban a quedar fijas y establecidas en función de la tolerancia máxima admisible a nivel toxicológico; 2- Principios activos no defendidos por parte de las empresas y 3- La defensa del medio ambiente. A partir de esto la autoridad sanitaria de la UE analizó cuáles principios activos iban a quedar fuera de la legislación europea y cuáles principios activos y sus combinaciones de productos iban a quedar vigentes y en qué límites de tolerancia.
A los productos que quedaron fuera de la legislación, (denominados OUT) que en algunos casos fue por falta de defensa, la comunidad no los puede prohibir. Entonces, definió establecer límites máximos de 0,01ppm que son los límites de detección analítica del producto. Así fue que se comenzó a visualizar futuros problemas ya que algunos de estos principios activos que están fuera de la legislación europea son de uso corriente en nuestro país.
Se comenzó negociando varios principios con los que se llegó a distintos resultados y los dos que ahora preocupan son el fenitrotión y el diclorvos (DDVP). El fenitrotion a partir del 1º de enero de 2007 tiene un límite de 0.01ppm para las partidas comerciales de oleaginosos y el diclorvos, a partir del 11 de mayo no permitirá más de 0,01ppm.
Por su parte, la UE mediante un sistema de alerta rápido prevé que todas las partidas comerciales que ingresen a la UE por cualquier punto de inspección fronterizo son muestreadas en forma aleatoria y controladas en base a las regulaciones de la UE vigentes, ya sean micotoxinas, residuos de pesticidas o metales pesados.
Si alguna partida estuviera excedida en los límites se levanta una notificación que es rápidamente comunicada al resto de los puntos de inspección fronterizos indicando qué empresa y qué país está en falta y qué medida fue adoptada, sea un redestino, una transformación y hasta una destrucción de la mercadería. Finalmente notifican a la Cancillería del país de origen lo que está sucediendo con estas partidas. Si la empresa tuviera varias detecciones, entonces pasa de un muestreo aleatorio a un muestreo sistemático, hasta demostrar regularidad en los envíos. Si más de una empresa del país de origen fuera notificada por una situación similar colocaría al país en alerta y este sistema de monitoreo al azar pasaría a ser de monitoreo automático para todos los envíos de ese origen, hasta tanto el país pueda demostrar que se han subsanado las diferencias o hasta que provea garantías oficiales de control en origen.
Nuestros maíces tienen muchísimos destinos, somos el segundo país exportador del mundo. Recuerdo esto porque todas las decisiones provenientes de la UE respecto de la inocuidad alimentaria tienen un efecto cascada sobre muchos otros países que son destino de nuestra producción. En algunos países de los cuales no se esperaba que tuvieran tanta prolijidad normativa aparecieron muchos rechazos por conflictos que a veces no están contemplados por sus propias normas sino que se hacen eco de normas ajenas a su territorio como por ejemplo en Pakistán, India, Japón, Australia, etc., que son importantes destinos que no podemos descuidar y toman a la UE como rectora de este tipo de normas que hacen eco en el resto de los países.
En estos días el principal punto sobre el que se debe trabajar es que no se conocen los niveles que poseemos de toxinas en la Argentina ya que no tenemos un monitoreo sistemático de nuestras producciones. Pero tampoco se cuenta con manuales de buenas prácticas agrícolas ni de manufactura, que hasta tanto no sean desarrollados y ejecutados no permiten ofrecer posiciones técnicas confiables, una de las patas en las que se sustenta el establecimiento de límites máximos admisibles. Existe una tarea pendiente que es la redacción de estos manuales y su ejecución y esto solo puede lograrse a partir del convencimiento de la actividad pública y la actividad privada.